EN EL URUGUAY.
Por Carlos Alvarez Cozzi
Un día y otro también la prensa nos informa que en familias
rotas por separación de los padres, en algunos países como el
Uruguay y otros, la tenencia de los niños se le otorga a la madre
y al padre se le fija un régimen de visitas, facilitándose así la
obstrucción de vínculos y el abuso cometidos por otros contra los
menores.
Esto sucede en los Estados donde no se ha legislado la tenencia
compartida o alternada, lo que en Uruguay está por suceder si se
aprueba el proyecto de ley de corresponsabilidad en la crianza.
Al generarse obstrucciones para el vínculo parental de los padres
para ver a sus hijos, o de los abuelos paternos para ver a sus
nietos, por actos u omisiones de la madre tenedora, se genera
violencia intrafamiliar muchas veces.
Y lo peor es que la madre al formar nueva pareja, muchas veces
el compañero sentimental de la madre tiene más contacto con
los niños y adolescentes que el propio padre, dándose
lamentablemente casos de abusos de ellos en contra de los hijos
e hijas de su compañera sentimental.
Entonces, es una situación que clama justicia. No es posible que
el padre de los niños se vea impedido del contacto con sus hijos,
por denuncias muchas veces falsas de la madre tenedora,
mientras que el compañero sexual de la madre accede tanto y
tan fácil al contacto con los niños y jóvenes que termina a veces
violando o abusando de los mismos con la tolerancia o
directamente la complicidad de la madre.
(https://www.abc.es/espana/pais-vasco/abci-detenido-abusar-
hijastra-19-anos-y-otras-hermanas-menores-sondika-
202004211114_noticia.html)
El precedente es uno de los varios cientos que la prensa releva
en muchos países de occidente y que sólo ponemos como
ejemplo.
En mi país, Uruguay, este fenómeno se da también bastante
lamentablemente.
(https://www.elpais.com.uy/informacion/judiciales/formalizan-
hoy-hombre-abuso-hijastra-anos-dejo-embarazada.html)
No vemos desafortunadamente que las organizaciones de
feministas radicales levanten la voz en estos casos, lo que sí
hacen siempre cuando es el padre el que reclama por mantener
luego de separado el vínculo con sus hijos.
Esta situación de obstrucción de los padres, facilita estos hechos
lamentablemente y constituye claramente una forma de
maltrato infantil que va contra el interés superior de los niños y
adolescentes (art. 9.3 de la Convención de los Derechos del
Niño).
Esperamos que en el caso de Uruguay se sancione finalmente la
ley de corresponsabilidad en la crianza para poner fin a las
obstrucciones parentales, en tanto en la norma se establece que
la mera denuncia de la madre no suspende las visitas mientras
no exista sentencia firme que la haya comprobado, como ya han
legislado otros Estados con mucho éxito.
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